El libro de visitas del hall, las cámaras del acceso y los datos de sus residentes quedan regulados desde el 1 de diciembre de 2026. Y el responsable ante la ley es la administración, no el conserje.
Cuando el conserje anota el RUT de una visita en el libro del hall, cuando llega un delivery y se registra la patente, o cuando las cámaras del acceso graban a un residente, el condominio está tratando datos personales. Desde el 1 de diciembre de 2026 eso tiene reglas, y el responsable ante la ley es la administración, no el conserje.
La práctica más común en los edificios chilenos —un cuaderno abierto sobre el mesón donde cada visitante puede leer el nombre y el RUT de todos los anteriores— es exactamente lo que la nueva ley busca corregir: los datos de una persona no pueden quedar expuestos a otra.
La buena noticia es que ordenar esto no exige comprar equipos ni cambiar la operación. Exige registrar en un sistema en vez de un cuaderno, definir cuánto tiempo se guarda cada cosa y tener un lugar donde un residente pueda pedir sus datos.
Ninguno exige comprar equipos ni cambiar de conserje. Son configuración, procedimiento y papeleo.
Un cuaderno abierto sobre el mesón, donde cada visitante lee el nombre y el RUT de los anteriores, expone datos de una persona a otra. Hay que reemplazarlo por un registro reservado, con información previa a quien entrega su dato.
Las grabaciones que identifican personas son datos personales. Se necesita señalética visible en los accesos, un plazo definido de conservación, control de quién accede a los videos y un protocolo para cuando alguien pida ver su imagen.
Padrón, contactos, patentes y datos de trabajadores requieren una finalidad declarada, un plazo de conservación y un lugar donde una persona pueda pedir acceso, rectificación o supresión.
La empresa de seguridad, la administradora externa y el software que usen tratan datos por cuenta del condominio. Eso exige un contrato de encargo con cada uno.
Los entregables concretos de un proyecto, no una lista de recomendaciones:
Estamos desarrollando KSU Edifice, la plataforma que lleva esta misma lógica a la operación diaria: pre-registro y autorización de visitas por el residente, trazabilidad de encomiendas al recibirlas y al entregarlas, reserva de espacios comunes, libro de novedades digital, enmascaramiento de RUT y canal de derechos para residentes.
Seamos claros sobre el estado: Edifice está en desarrollo y todavía no se comercializa. Los módulos están construidos y funcionando, y lo que estamos completando es la infraestructura que los conecta entre el teléfono del residente y la conserjería. Preferimos decirlo así antes que venderle una fecha que no podamos cumplir.
La adecuación a la Ley 21.719 descrita más arriba sí está disponible hoy y no depende de la plataforma: se puede hacer sobre la operación que su condominio ya tiene. Si quiere que lo avisemos cuando Edifice esté disponible, dígalo en el mismo formulario de contacto.
Sí. La ley aplica a cualquier organización que trate datos de personas naturales, sin distinguir tamaño ni giro. Un condominio trata datos de residentes, visitas, proveedores y trabajadores, por lo que la administración es responsable del tratamiento.
No. La adecuación se hace sobre lo que el condominio ya tiene: se ordena el registro de visitas, se configura el plazo de las grabaciones en el grabador existente, se instala señalética y se documentan los procedimientos.
No para cumplir la ley. La adecuación no depende de que los vecinos descarguen nada. Cuando KSU Edifice esté disponible, el residente que quiera podrá autorizar sus visitas desde el teléfono y el que no, seguirá como siempre con el registro del conserje.
Es al revés. Hoy cualquier visitante puede leer el libro abierto sobre el mesón. Ordenar el registro implica precisamente que el dato de una persona deje de quedar expuesto a la siguiente, y que el conserje maneje solo la información que necesita para su función.
Depende del monto y del reglamento de copropiedad de cada condominio. Por eso el diagnóstico es gratuito: le entregamos un informe que puede presentar en la asamblea sin haber comprometido nada.
Las grabaciones que permiten identificar personas son datos personales. Hay que revisar cinco puntos: señalética visible, plazo de conservación, control de quién accede a los videos, que no existan cámaras en baños o camarines, y que la política de privacidad del condominio las mencione.
Un diagnóstico gratuito de su edificio: cómo registran las visitas, cómo están las cámaras y qué falta para estar en regla antes de diciembre.
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